CFDI DE PAGOS Y SU COMPLEMENTO PARA RECEPCIÓN DE PAGOS

¡Conoce cuando se debe emitir el CFDI de pagos y su contenido!

Publicado por Denisse Pérez Tapia Diciembre 05, 2019

Resultado de imagen para cfdi de pagos¿CUÁNDO SE DEBE EMITIR UN CFDI DE PAGOS?

Según la RMF 2.7.1.35

§ Cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición

§  Cuando no se conozca la forma de pago

§  Cuando el pago se reciba después del último día del mes en el cual se emitió el CFDI

§  Cuando el CFDI por la contraprestación se marque como método de pago la opción PPD

Se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban, en el que se deberá señalar “cero” en el campo “Total”, sin registrar dato alguno en los campos “método de pago” y “forma de pago”, debiendo incorporar al mismo el “Complemento para recepción de pagos” que al efecto se publique en el Portal del SAT.

El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación a que se refiere el primer párrafo de la presente regla.

Para efectos de la emisión del CFDI con “Complemento para recepción de pagos”, podrá emitirse uno sólo por cada pago recibido o uno por todos los pagos recibidos en un período de un mes, siempre que estos correspondan a un mismo receptor del comprobante.

El CFDI con “Complemento para recepción de pagos” deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE PAGO EN PARCIALIDADES Y PAGO DIFERIDO?

Existe una gran diferencia una en comparación con la otra, es por ello que es más exacto definir a cada una de ellas.

Pago en parcialidades: Es una venta a crédito realizada a clientes, la cual será liquidada a través de varios pagos según se acuerde entre ambas partes

En este caso se deberán emitir el CFDI de pagos con su complemento con el método de pago “PPD” por cada uno de los abonos que se realicen para liquidar la venta. El cual se deberá relacionar con la factura de ingreso de la contraprestación.

Pago diferido: Es una venta en donde el pago es posterior a la venta la cual será pagada en un solo pago en una fecha futura.

Por tal motivo únicamente se emitirá un CFDI de pagos con complemento por la venta realizada con el monto total de la venta, el cual se deberá relacionar con la factura de ingreso de la contraprestación.

Sea cual sea de los dos, el método de pago será PPD “Pago en parcialidades o diferido” que es el que los contempla.

¿CUÁLES SON LAS REGLAS PARA EMITIR UN CFDI CON COMPLEMENTO CON VARIOS ABONOS?

§  Solo podrás facturar aquellos abonos que hayan acreditado a una venta a crédito previamente facturada.

§  Solo podrás incluir en una misma factura o comprobante aquellos abonos que hayan acreditado a ventas a crédito con el mismo RFC.

§  Solo podrás incluir en un mismo comprobante un máximo de 25 abonos.

§  Cuando elijas varios abonos a facturar todos tendrán la misma forma de pago en el CFDI, por lo que te recomendamos solo factures en conjunto aquellos abonos que hayas recibido con la misma forma de pago (efectivo, tarjeta de crédito/débito, etc)

¿QUÉ DATOS DEBE CONTENER EL CFDI DE PAGOS Y SU COMPLEMENTO?

Comprobante

o  Tipo de factura: Se deberá registrar P” Pago

o  Clave del producto o servicio: Se define la clave 84111506 Servicios de facturación.

o  Cantidad: Corresponde el valor “1”

o  Clave unidad: Se establece la clave ACT

o  Descripción: Se precisa el dato “Pago”

o   Valor unitario, Importe, Subtotal y Total: Se define el valor “0”

Complemento

o  Número de Operación: Es un campo opcional únicamente para control del emisor.

o  Fecha de Pago: Se deberá registrar la fecha en la que se pagó el abono

o  Hora de Pago: Se deberá registrar la hora del abono, en caso de no contar con ella puede colocar 12 horas.

o  Forma de Pago: Se deberá registrar la forma en que se realizó el abono

o  Moneda: Se debe registrar la moneda con la que se pagó la transacción

o  Tipo de Cambio: En caso de ser una moneda distinta a la mxn se deberá colocar el tipo de cambio a la hora de la transacción

o   Monto: Se deberá registrar el abono que se realizó.

Documentos Relacionados

o  Id del documento: Realiza la búsqueda del folio fiscal de la factura que se paga. 

o  Serie y Folio: Son opcionales, se pueden registrar el folio y la serie de la factura para control interno del contribuyente.

o  Moneda : Despliega la lista y selecciona la clave de la moneda utilizada en los importes del documento relacionado, si se recibio en moneda nacional selecciona la clave MXN Peso Mexicano.

Si la clave es Peso Mexicano, el servicio inhabilita el campo Tipo de cambio, si por el contrario se registró una clave diferente se requiere capturar el Tipo de cambio

o  Método de pago: Deberá registrarse la opción PPD “pago en parcialidades o diferido” que se registró en el campo MetodoPago cuando se emitió el documento relacionado.

o  Número de parcialidad: Se registra el número de parcialidad que corresponde al pago cuando es parcialidades, si el pago es en una sola exhibición de manera diferida, se registra el valor “1”.

o  Importe de saldo anterior: Se captura el monto del saldo insoluto de la parcialidad anterior, si es la primera parcialidad se captura el importe total del documento relacionado. En el caso de que se reciba el pago diferido, se debe registrar el monto total de la operación del documento relacionado.

o  Importe pagado: Es el importe pagado de la factura.

o  Importe de saldo insoluto: Se registra el importe de la diferencia entre el saldo anterior y el monto del pago. Debe corresponder a un valor mayor o igual a “0”.

EJEMPLO:

La empresa Cindemex S.A de C.V realiza una venta a crédito a uno de sus clientes por un monto de $186,300.00 para lo cual acuerdan ambas partes ser liquidado a más tardar el último día del mes diciembre del año en curso. Para lo cual el cliente Adolfo Stivalet Parizot realiza los pagos de la siguiente manera:

Liquidando de esta forma el día 25 de diciembre.

Recordemos que se debe realizar el CFDI de pagos con su complemento por cada abono recibido, para lo cual a continuación se muestra el CFDI de ingresos que originó esta transacción y por consiguiente los CFDI derivados de cada abono realizado a la factura de ingresos

1.    Factura de la venta a Crédito:

2.    Factura con complemento por el primer abono

3.   Factura con complemento por el segundo abono

4.   Factura con complemento por el tercer abono

Nota: El CFDI relacionado debe ser el correspondiente a la venta a crédito.

Por otro lado no es la única manera de realizar los CFDI por el abono al crédito, también está la opción de realizar únicamente un CFDI por los abonos recibidos. Pero recordemos que estos abonos se deben enterar al SAT antes del décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos por lo tanto, se debe emitir el CFDI con su complemento antes de lo dicho anteriormente

Para lo cual en el ejemplo antes mencionado se deberían realizar dos CFDI; la parcialidad N.1 en el primero y; la parcialidad N.2 y 3 en el segundo, ya que los últimos no entran en la regla del décimo día.

Nota: Recuerda los requisitos para emitir un CFDI con su complemento adicionando varios abonos o parcialidades.

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