El expedir
comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) por concepto de nómina, es
una obligación de los contribuyentes personas físicas o morales que en la
realización de una actividad económica efectúen pagos a sus trabajadores por
concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal
subordinado o a contribuyentes asimilados a salarios.
Cuando se emita un
comprobante fiscal por concepto de nómina, se deberá incorporar un “Complemento de Recibo de Pago de Nómina”.
CATALOGOS
NECESARIOS PARA ELABORAR UN CFDI NOMINA Y SU COMPLEMENTO
CFDI
Forma pago.
Se debe registrar la clave de la forma de pago “99” (por definir)
Tipo comprobante.
(se debe registrar la clave “N” (nomina))
Método pago.
Se debe registrar la clave “PUE” (Pago en una sola exhibición)
Código postal
Tipo de relación.
Respecto a los CFDI relacionados.
Régimen fiscal.
(Se incorpora el 1 de enero 2019 un nuevo régimen el cual será. Indemnización o
Separación con clave N. 13)
Uso de CFDI. (Se
debe registrar la clave “P01” (por definir)
OTROS CAMPOS.
Cantidad.
1
Clave del producto. Se
deber registrar la clave “ACT”
Descripción.
Se debe registrar “Pago de nómina” indistintamente de si trata de un trabajador
asalariado o de un asimilado a salarios.
Valor Unitario.
Se debe registrar la suma de los campos Total Percepciones más Total Otros
Pagos del Complemento Nómina.
Importe.
Se debe registrar la suma de los campos Total Percepciones más Total Otros
Pagos del Complemento Nómina.
Descuentos.
Se debe registrar el valor del campo Total Deducciones.
COMPLEMENTO
Tipo nómina. Ordinaria
o extraordinaria
Total de percepciones.
Es la suma de todas las percepciones que corresponden al trabajador, (Suma de
los campos Total Sueldos más Total Separación Indemnización más Total
Jubilación Pensión Retiro) del nodo Percepciones.
Total de deducciones.
Es la suma de todas las deducciones (descuentos) aplicables al trabajador,
incluyendo el Total Impuestos Retenidos (ISR)
Total Otros Pagos.
Es la suma de los importes de la sección “Otros pagos” realizados al trabador.
Nodo Emisor.
En este nodo se debe expresar la información adicional del contribuyente emisor
del comprobante fiscal (Empleador).
o CURP
del emisor
o Registro
Patronal
o RFC
del patrón
Nodo Entidad SNCP. Este
nodo sólo aplica para las entidades federativas, municipios, así como sus
respectivos organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales.
o Origen
recurso. Ingreso propio, federales o mixto
o Monto
del recurso propio. En caso de ser mixto.
Nodo Receptor. En
este nodo se debe expresar la información del contribuyente receptor
(trabajador asalariado o asimilado a salarios) del comprobante.
o RFC
del Receptor
o Numero
de seguridad social
o Fecha
de inicio laboral
o Antigüedad
o Tipo
de contrato
o Sindicalizado
(Respuesta Si o No)
o Tipo
de jornada
o Tipo
de Régimen
o Numero
de empleado
o Departamento
o Puesto
o Riesgo
del puesto
o Periodicidad
del pago
o Banco
o Cuenta
bancaria
o Saldo
diario integrado
o Clave
entidad federativa
Nodo Percepciones. En
este nodo se pueden expresar las percepciones aplicables.
o Total
sueldos
o Total
separación por indemnización
o Total
jubilación, pensión o retiro
o Total
gravado. Es el total gravado de las percepciones
o Total
exento. Es el total exento de las percepciones.
o Total
de Percepciones. Es la diferencia entre el total gravado y el total exento
Nodo percepción.
En este nodo se debe expresar la información detallada de cada percepción.
o Tipo
de percepción.
o Clave.
Clave propia de la contabilidad asignada por el patrón (de 3 a 15 caracteres)
o Concepto.
Descripción de percepción.
o Importe
gravado. Monto gravado por cada concepto de percepción pagada
o Importe
exento. Monto exento por cada concepto de percepción pagada
Nodo Horas extras.
En este nodo se pueden expresar las horas extras aplicables.
o Días.
Número de días en que el trabajador laboró horas extra de forma adicional
o Tipo
horas. Se debe registrar la clave del tipo de horas extra que laboró el
trabajador de forma adicional
o Horas
extra. Se debe registrar el número de horas extra que laboró el trabajador de
forma adicional.
o Importe
pagado. Se debe registrar el importe pagado por las horas extra que laboró el
trabajador de forma adicional
Nodo deducciones.
Total otras
deducciones. Se puede registrar el total de las deducciones (descuentos)
aplicables al trabajador (Sin considerar los de ISR)
Total impuestos
retenidos. Es la suma del impuesto sobre la renta retenido
Nodo deducción. En
este nodo se debe expresar la información detallada de cada deducción.
o Tipo
de deducción
o Clave.
Clave propia de la contabilidad asignada por el patrón (de 3 a 15 caracteres)
o Concepto.
Descripción de percepción.
o Importe.
Se debe registrar el importe de un concepto de deducción (descuento)
Nodo otros pagos. En
este nodo se debe expresar otros pagos aplicables.
Nodo otro pago. En
este nodo se puede expresar la información detallada de otro pago.
o Tipo
otro pago
o Clave.
Clave propia de la contabilidad asignada por el patrón (de 3 a 15 caracteres)
o Concepto.
Descripción del otro pago
o Importe.
Se debe registrar el importe de un concepto de otros pagos
Nodo Subsidio al
Empleo. En este nodo se debe expresar la información
referente al subsidio al empleo del trabajador.
o Subsidio
causado. Se debe registrar el subsidio causado conforme a la tabla del subsidio
para el empleo publicada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal
vigente.
Nodo Compensación
saldos a favor. En este nodo se puede expresar la
información referente a la compensación de saldos
o Saldo
a favor. Es la diferencia que resulte a favor del contribuyente derivado del
cálculo del impuesto anual
o Año.
Se debe registrar el año en que se determinó el saldo a favor del trabajador
por el patrón
o Remanente
saldo a favor. Se debe registrar el remanente del saldo a favor del trabajador
Nodo incapacidades.
En este nodo se puede expresar la información de las incapacidades
Nodo incapacidad.
En este nodo se debe expresar la información de las incapacidades.
o Tipo
de incapacidad
o Importe
monetario. Artículo 58 de la Ley del Seguro Social.
Nota.
En
caso de que el trabajador ya haya fallecido, se deberá registrar en este campo
el RFC genérico XAXX010101000 de conformidad con lo previsto en la regla
2.7.1.26., de la RMF vigente, debiendo registrar la CURP del trabajador
fallecido en el campo CURP del Nodo. Receptor del Complemento de Nómina.
Nota.
En caso de trabajadores extranjeros que no cuenten con clave CURP, se deberán
registrar las siguientes claves según corresponda, XEXX010101HNEXXXA4 (Hombre)
y XEXX010101MNEXXXA8 (Mujer).
Nota.
Los pagos realizados por indemnizaciones o separaciones deberán identificarse
con la clave tipo régimen 13 (Indemnización o Separación), esto con la
finalidad de distinguir correctamente este tipo de pago de aquellos pagos
ordinarios de salarios.
Nota.
Cuando
se hayan tenido errores en la utilización de las claves “065” (Ajuste en
jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en una sola exhibición exento),
“066” (Ajuste en jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en una sola
exhibición gravado), “069” (Ajuste en jubilaciones, pensiones o haberes de
retiro en parcialidades exento) y “070” (Ajuste en jubilaciones, pensiones o
haberes de retiro en parcialidades gravado), se deberán cancelar los
comprobantes emitidos y volver a expedir con la información correcta
Nota: Para conocer el monto de
cada deducción deberás actualizar cada año la UMA (Unidad de medida y
actualización), ya que esta cambia de manera anual y por consiguiente los montos
para cada deducción.
¿CÓMO
CANCELAR UN CFDI DE NOMINA POR PERCEPCIONES PAGADAS EN EXCESO?
Existen dos maneras
de cancelar un CFDI:
1.
Cancelando
el CFDI emitido con errores y expidiendo uno nuevo con los datos correctos. De
la siguiente manera:
I.
Primero
se debe cancelar el CFDI que se va a sustituir, y
II.
Se
debe emitir el nuevo CFDI, en el cual se debe relacionar el CFDI cancelado
usando la clave “04” (sustitución de los CFDI previos) y en el campo UUID del
Nodo CFDI Relacionado se debe registrar el folio fiscal del comprobante
cancelado.
2.
Reflejando
como deducción el descuento de las percepciones en exceso, esto en el siguiente
CFDI de nómina que se expida, siempre que sea en el mismo ejercicio fiscal. A
efecto de que se especifique claramente las deducciones gravadas y exentas se
deberán utilizar las claves correspondientes incluidas en el catálogo tipo de
deducción.
¿CUÁLES
SON LOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL TOTAL DE OTROS PAGOS?
§
El
reintegro de ISR pagado en exceso (siempre que no haya sido enterado al SAT).
§ Subsidio
para el empleo (efectivamente entregado al trabajador).
§ Viáticos
(entregados al trabajador).
§ Aplicación
de saldo a favor por compensación anual.
§ Reintegro
de ISR retenido en exceso de ejercicio anterior (siempre que no haya sido
enterado al SAT).
§ Otros.