CONCEPTOS QUE DEBES CONOCER PARA ELABORAR UN CFDI DE RETENCIÓN
¡Conoce a que se refiere
cada campo de una retención! ¡Aprende a hacer un CFDI por retención!
Por lo
general desconocemos a que se refiere cada uno de los campos que son requeridos
para realizar una retención, por tal motivo desconocemos como llenarlos para
efectuar un CFDI de retención.
Antes de
realizar este CFDI debemos contar con un CFDI previo, el cual es derivado de la
venta de un producto o prestación un de servicio en el cual se generó dicha
retención. Como lo comento, este CFDI debe emitirse siempre que en el CFDI se
realice una retención y emitido por el contribuyente que retenga el impuesto,
si no se retiene entonces no será necesario emitir este CFDI de Retención e
información de Pago.
¿QUIÉN
TIENE LA OBLIGACIÓN DE RETENER EL IMPUESTO?
Artículo
1o.-A LIVA- Están obligados a efectuar la
retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen
en alguno de los siguientes supuestos:
I.
Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación
en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.
II.
Sean personas morales que:
a.
Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen
temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas,
respectivamente.
b.
Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su
actividad industrial o para su comercialización.
c.
Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados
por personas físicas o morales.
d.
Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean
personas físicas.
III.
Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o
los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el
extranjero sin establecimiento permanente en el país.
Artículo
106 LISR.- Cuando los
contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas
deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa
del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna,
debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de
la retención las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las
señaladas en el artículo 96 de esta Ley.
NOTA:
Para conocer otros obligados a retener consulta nuestro blog denominado
Retenciones e Información de Pagos y sus complementos
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CONCEPTOS:
MONTO
TOTAL DE LA OPERACIÓN
Se debe registrar el
monto total de la operación que se relaciona en el Comprobante Fiscal Digital a
través de Internet que ampara retenciones e información de pagos, el cual se
puede expresar con importes numéricos hasta seis decimales.
Ejemplo: En el caso
de que un contribuyente enajene un bien inmueble por un monto total de $ 60,000.00
se debe registrar lo siguiente:
montoTotOperacion=
60000.00
NOTA:
En
este incluye montos gravados y exentos. Sin aplicar los impuestos
correspondientes.
MONTO
TOTAL GRAVADO
Se debe registrar el
monto total gravado de la operación que se relaciona en el CFDI que ampara
retenciones e información de pagos.
Cuando existan
ingresos exentos en este campo se debe ingresar la diferencia entre el monto
total de la operación menos el ingreso exento.
Ejemplo: En el caso
de que un contribuyente haya obtenido ingresos por la enajenación de un bien
inmueble por un monto total de $ 60,000.00 y existan ingresos exentos, se debe
registrar lo siguiente:
montoTotGrav= 60000.00
MONTO
TOTAL EXENTO
Se debe registrar el
monto total exento de la operación que se relaciona en el Comprobante Fiscal
Digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos.
NOTA:
En el caso de que se enajene un bien inmueble y no existan ingresos exentos, se
debe registrar en este campo “0”.
MONTO
TOTAL RETENIDO
Se debe registrar el
total de las retenciones efectuadas que se relacionan en el Comprobante Fiscal
Digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos, es
decir, es la suma de los montos de retención del nodo ImpRetenidos.
NODO
IMPUESTOS RETENIDOS
En este nodo se puede
expresar el total de impuestos retenidos que corresponden a los conceptos
contenidos en el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet que ampara
retenciones e información de pagos.
§ BASE RETENCIÓN
Es el monto
total de
la operación a la cual se le aplicara la retención.
Se puede registrar la
base del impuesto, que puede ser la diferencia entre los ingresos percibidos y
las deducciones autorizadas.
§ IMPUESTO
Se puede registrar la
clave del tipo de impuesto retenido en el periodo o ejercicio que se registra
de acuerdo con el catálogo 6.- Tipo de Impuesto contenido en el documento
Catálogos del Documento de Retenciones e Información de Pagos, el cual se
encuentra publicado en el Portal del SAT.
Ejemplo: En el caso
de que se haya enajenado un bien inmueble y resulte ISR a retener se debe
registrar lo siguiente:
Clave
|
Tipo
de Impuesto
|
01
|
ISR
|
02
|
IVA
|
§ MONTO DE RETENCIÓN
Se debe registrar el
importe del impuesto retenido de la operación ya sea en el periodo o en el
ejercicio.
§ TIPO PAGO DE RETENCIÓN
Se debe registrar el
tipo de pago que se realiza por la retención, este puede ser “Pago provisional”
o “Pago definitivo”.
EJEMPLO:
Alejandro Arjona May le presta
servicios profesionales a su cliente La empresa CINDEMEX S.A de C.V. Por un
monto de $10,000.00. Para lo cual Alejandro deberá emitir un CFDI por los
ingresos obtenidos, y Cindemex por su parte deberá retenerle lo correspondiente
por sus honorarios, lo cual corresponde al 10% de ISR y 2/3 partes de IVA
(10.67%), por tal motivo Cindemex tiene la obligación de emitirle a Alejandro
un CFDI por las retenciones según el Artículo 1o.-A LIVA y
106 LISR
Para lo
cual el CFDI de ingresos se emite de la siguiente manera:
Como se puede observar en la factura anterior Cindemex únicamente
pagara a Alejandro $9,533.00 lo que corresponde a la siguiente operación:
Como se
muestra también se hicieron las retenciones correspondientes. Por consiguiente
obtenemos los siguientes datos para la elaboración de nuestro CFDI de
retenciones. (Recordar los conceptos antes mencionados)
A continuación se
emitirá el CFDI de retención e información de pagos por las retenciones
correspondientes:
En caso contrario al ejemplo anterior, en el cual
si existan ingresos exento, entonces se deberá realizar de la siguiente manera:
:
NOTA:
En caso de existir productos y/o servicios mezclados con otros que no tienen
retención alguna, entonces deberá hacer su CFDI de retención únicamente con los
importes correspondientes a aquellos que si se les retenga el impuesto. Por
consiguiente el importe del CFDI se tendrá que calcular sumando los importes
con retención y sacándoles sus respectivas tasas de impuesto.