¿QUÉ
ES EL SECTOR PRIMARIO?
Es la parte de la
economía que se dedica a todas aquellas actividades productivas de la
extracción y obtención de materias prima a partir de recursos naturales.
Las actividades del
sector primario son: las agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras
Aquellas personas
físicas o morales que se encuentren en este sector tienen la facilidad de
expedir facturas por medio del adquiriente (sector secundario, terciario o
industria) mediante un proveedor de certificación de expedición de CFDI (PCECFDI)
por la llamada autofactura.
Cabe mencionar que para
poder gozar de esta facilidad los productores deberán estar inscritos en el RFC
.Sin embargo si los productores no cuentan con su RFC podrán ser inscritos por
los adquirientes debiéndoles proporcionar la siguiente información:
a) Nombre.
b) CURP
o copia del acta de nacimiento.
c) Actividad
preponderante que realizan.
d) Domicilio
fiscal.
e) Escrito
con firma autógrafa o en su caso, escrito anexo al contrato que se celebre, en
donde manifiesten su consentimiento expreso para que los adquirentes de sus
bienes o los contribuyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectación de
los mismos, realicen su inscripción en el RFC y la emisión de los CFDI que
amparen las operaciones celebradas entre ambas partes.
El modelo del escrito
a que se refiere este inciso, se encuentra en el Portal del SAT y una vez
firmado deberá ser enviado al SAT de forma digitalizada dentro del mes
siguiente a la fecha de su firma por el adquirente de bienes o por los
contribuyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectación de los mismos
por medio de la presentación de un caso de aclaración a través del Portal del
SAT.
Otra de las
facilidades según la RMF 2.8.1.19 con
las que estos contribuyentes cuentan es que el SAT permite que el productor
primario pueda estar exento de la presentación de la declaración y de llevar su
contabilidad. Pero no para todas las personas sino para aquellas que solo se
dedican al sector primario y además sus ingresos no superan en 40 veces el
salario mínimo general elevado al año.
REQUISITOS
DE LAS REPRESENTACIONES IMPRESAS DE CFDI DEL SECTOR PRIMARIO
Además de
lo previsto en los artículos 29 y 29-A del CFF será lo previsto en la RMF 2.7.4.4:
  I.La
cadena original con la que se generó el sello digital.
  II.El
sello digital generado a partir del CESD del proveedor de certificación y generación
de CFDI para el sector primario que generó el comprobante.
  III.El
número de serie del CESD del proveedor de certificación y generación de CFDI
para el sector primario.
  IV.La
leyenda: “Este documento es una representación impresa de un CFDI del sector
primario”.
  V.La
fecha, hora, minuto y segundo de expedición.
  VI.El
área para plasmar la firma autógrafa o huella digital del productor con la leyenda
“Acepto de total conformidad y bajo protesta de decir verdad que los datos
asentados son verídicos”.
  VII.El
código de barras bidimensional generado conforme a las especificaciones técnicas
que se establecen en el rubro I.D. del Anexo 20.
¿QUÉ SECTORES APLICAN
PARA LA AUTOFACTURA DEL SECTOR PRIMARIO?
¿CUALES SON LAS
EXCEPCIONES PARA PODER INSCRIBIRSE POR MEDIO DE LOS ADQUIRIENTES?
Según la RMF 2.4.3.: