COMPLEMENTO PARA AEROLINEAS

¡Conoce los impuestos y tarifas que te cobran en tus vuelos!

Publicado por Denisse Pérez Tapia Enero 17, 2020

Anteriormente las aerolíneas no tenían la obligación de emitir CFDI por sus operaciones ya que existía una facilidad que permitía no expedirlos. Esta regla indicaba que los documentos siguientes servirán como comprobantes fiscales:

o Copias de boletos de pasajero, los comprobantes electrónicos denominados boletos electrónicos o “E-Tickets” que amparen los boletos de pasajeros, las guías aéreas de carga, las órdenes de cargos misceláneos y los comprobantes de cargo por exceso de equipaje y por otros servicios asociados al viaje, expedidos por las líneas aéreas en formatos aprobados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o por la International Air Transport Association “IATA”.

o Notas de cargo emitidas por las líneas aéreas a agencias de viaje o a otras líneas aéreas, de conformidad con la resolución vigente de la International Air TransportAssociation “IATA”.

o Copias de boletos de pasajero expedidos por las líneas de transporte terrestre de pasajeros en formatos aprobados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o por la International Air Transport Association “IATA”.

En la resolución Miscelánea Fiscal 2014 se perdió esta facilidad, haciendo obligatoria la expedición de los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) con complemento aerolíneas por la venta de los boletos de avión.

¿QUIÉN DEBERÁ EMITIR EL COMPLEMENTO AEROLÍNEAS?

Según la RMF 2.7.1.25.

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Los contribuyentes que presten servicios de transporte aéreo de personas o de bienes, nacional o internacional, expedirán por los ingresos percibidos por dicho concepto el CFDI correspondiente. Cuando dentro de las cantidades que se carguen o cobren al adquirente de dichos servicios de transporte, estén integradas cantidades cobradas por cuenta de terceros con los que tenga una relación jurídica y que no sean atribuibles como ingresos al transportista, estos prestadores de servicios deberán utilizar el complemento que al efecto publique el SAT en su portal, en el cual identificarán las cantidades que correspondan a contribuciones federales y a otros cargos o cobros, incluyendo para tales efectos la identificación del tercero mediante el uso del Código IATA (International Air TransportAssociation).

¿QUÉ IMPUESTOS PAGO CUANDO COMPRO UN BOLETO DE AVIÓN?

Impuesto al valor agregado (IVA)

Según la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la tasa de IVA que aplica es del 16% o 4% en vuelos internacionales. Este último es proporcional por el servicio en territorio nacional.

Tarifa de uso del aeropuerto (TUA)

La TUA es una tarifa fija que depende de los aeropuertos de origen y destino. Esta tarifa es cobrada por el uso del aeropuerto.

Otros

Otros de los impuestos que se cobran con el boleto de avión incluyen cuotas por el uso de aduanas, inspecciones (RY) y seguridad (TSA). Estas cuotas pueden variar, dependiendo de los países en que se realicen.

¿QUÉ DEBE CONTENER EL CFDI CON COMPLEMENTO AEROLÍNEAS?

Deberá contener la siguiente información:

CFDI

§ Forma de pago: En este campo se debe ingresar la forma de pago en que se realice la venta del boleto de avión.

§ Método de pago: En este campo se debe ingresar el método de pago en el cual se realizó la transacción.

§ Uso de CFDI: En este caso se debe de registrar “G03” Pagos en general si se desea para su deducibilidad.

§ Clave de producto o servicio: En este campo se deberá registrar la clave “78111500”

§ Cantidad: En este campo se deberá registrar el valor “1”

§ Descripción: En este campo se deberá registrar la descripción del importe por el cual se realiza la operación.

COMPLEMENTO

§ TUA: En este campo se ingresa el importe de la Tarifa de "Uso de Aeropuerto" aplicable al boleto.

§ Total cargos: en este campo se ingresa para expresar el total de los cargos adicionales que se están aplicando

§ Código de cargo: en este campo se ingresa el código del cargo según el catálogo de la IATA (International Air Transport Association).

§ Importe: en este campo se ingresa el importe del cargo.

Para su mayor comprensión. A continuación se muestra un CFDI con su complemento aerolíneas: