COMPLEMENTO LEYENDAS FISCALES

¡Conoce que debe contener el complemento y cuando emitirlo!

Publicado por Denisse Pérez Tapia Diciembre 16, 2019

Resultado de imagen para leyendas fiscales¿CUÁNDO SE DEBE EMITIR EL COMPLEMENTO DE LEYENDAS FISCALES?

Se debe emitir cuando se quiera incluir en la factura leyendas que apliquen al comprobante y que son consideradas en las disposiciones fiscales, distintas a las que se mencionan en el estándar técnico del comprobante (Partes o nodos del CFDI). Asi como en operaciones virtuales de comercio exterior.

Disposiciones fiscales como por ejemplo ley, Resolución o Disposición fiscal que regula la leyenda, etcétera. 

Este complemento puede coexistir con el complemento para comercio exterior.

¿CUÁNDO NO SE DEBE EMITIR EL COMPLEMENTO DE LEYENDAS FISCALES?

En caso de estar contenida la leyenda fiscal en el CFDI no será necesario agregarla puesto que ya está incluida, ejemplo: la Retención de ISR o los impuestos locales ya que están explícitos en el CFDI, una en el apartado de impuestos y la otra con el complemento de impuestos locales.

¿QUÉ ES UNA LEYENDA FISCAL?

Es un texto explicativo, de carácter obligatorio, está regulado por la ley, y se coloca al pie o al margen de un CFDI.

¿QUÉ DEBE INCLUIR EL COMPLEMENTO DE LEYENDAS FISCALES?

Debe incluir los nodos con la siguiente información:

LEYENDA: Texto libre para expresar una leyenda fiscal

DISPOSICIÓN: Ley, Disposición Fiscal, Resolución que regula la leyenda

NORMA: Número de artículo o regla que aplica

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ADDENDA Y COMPLEMENTO DE LEYENDA FISCAL?

Las Leyendas fiscales son textos explicativos regulados por la ley de forma obligatoria sin embargo las addenda son igual textos explicativos pero estos en cambio no son regulados por la ley ni tampoco son obligatorios. Ambas son leyendas sin embargo las adendas son leyendas no oficiales, no obligatorias y no requeridas por el SAT, suelen ser únicamente de carácter opcional para incorporar información comercial.