¿QUIÉN
UTILIZA EL COMPLEMENTO DE OBRAS DE ARTE Y ANTIGÜEDADES?
Quienes realizan
operaciones de venta de obras de artes plásticas y de antigüedades. En el
podrán incluir la información de sus ventas realizadas.
¿QUÉ
DEBE INCLUIR EL COMPLEMENTO DE OBRAS DE ARTE Y ANTIGÜEDADES?
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Tipo de bien enajenado
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Título Adquirido
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Subtotal
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IVA
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Fecha de Adquisición
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Características De Obra o Pieza
Los catálogos
necesarios para el complemento son los siguientes:
¿CÓMO
PUEDO PAGAR MIS IMPUESTOS CON OBRAS DE ARTE Y ANTIGUEDADES?
Existen un decreto
que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta (ISR) y al
valor agregado (IVA) y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las
personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que
facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y
antigüedades propiedad de particulares
El SAT recibe las
obras de arte para contribuir en el acervo cultural de México; por lo
que el llamado pago en especie se puede hacer de manera anual en los meses de
febrero y abril, de acuerdo a la Ley del SAT.
Los artistas que sean
acreedores a este método de pago no estarán obligados a llevar la contabilidad,
pagos provisionales ni DIOT
Cabe mencionar que esta
facilidad no es más que pagar los impuestos por medio de obras o
antigüedades. Para ser acreedor a esta facilidad deberás realizar el trámite
correspondiente de manera presencial en una oficina del SAT para pertenecer al
programa que ayuda a los artistas para el pago de sus impuestos por este método
y llevar los documentos necesarios. Además que al emitir tus CFDI deberás
incorporar el complemento pagos en especie.
Para mayor
información sobre esta facilidad visita nuestro blog:
"Complemento de pagos en especie"
¿PUEDO
EMITIR FACTURAS POR MEDIO DEL ADQUIRIENTE?
Si, las personas
físicas o morales que compran obras de artes plásticas y antigüedades que
requieran factura por su compra a nombre de sus vendedores podrán inscribirlos
al RFC y emitir la factura por ellos, ya que los vendedores no están facultados
para emitirlas.
Los pasos para
poder emitir la factura son:
§
Inscribir
a los vendedores con CURP sin obligaciones fiscales
§
Realizar
la solicitud de asignación del rol
§
Consultar
los resultados y una vez aceptado
§
Emitir
el CFDI
Esta factura es
conocida comúnmente como autofactura y solamente se puede realizar si el vendedor
es una personas física que enajena obras de artes plásticas y antigüedades y
que no sean de su autoría y no hayan sido destinadas o utilizadas
para la obtención de sus ingresos.